Clínica Alemana Osorno

Estabilización Ley de Urgencia (N° 19.650)

Asegurado o asegurada del Fondo Nacional de Salud (Fonasa)

El ingreso debiera ser en un establecimiento de la red pública de salud. No obstante, si el o la paciente ingresa a un centro de salud privado y el médico certifica la condición de emergencia, será atendido en el contexto de la Ley de Urgencia hasta que el o la profesional indique su estabilización.

Una vez estabilizado, el o la paciente puede optar por ser trasladado a su red correspondiente a lo cual se le denomina Modalidad de Atención Institucional (MAI) o permanecer en el centro privado bajo Modalidad Libre Elección (MLE), debiendo entregar los respaldos financieros para cubrir los gastos.

Para respaldo de la modalidad elegida por el paciente o su representante, este
deberá firmar un documento de Declaración de opción por modalidad de atención
(DOMA).

Para más información te contactaremos en el horario hábil siguiente.

 

Afiliado o afiliada a una Institución de Salud Previsional (ISAPRE)

El prestador por excelencia es el indicado por su plan de salud. Si dada la circunstancia de Urgencia Vital te atiendes en otro centro de salud, un representante del paciente debe avisar de inmediato a la Isapre por un medio comprobable para así gestionar el traslado a la red de establecimientos definida en tu plan, una vez que el médico tratante lo autorice. 

Una vez estabilizado, el paciente o su representante pueden permanecer en el centro de salud de acuerdo al convenio con su Isapre o ser trasladado a otro centro en convenio según lo indicado por su plan de salud. 

Si el paciente o su representante deciden seguir en el centro de salud no convenido tras ser estabilizado, el costo de la atención será por cobertura Libre Elección o de acuerdo a su plan de salud contratado.

Para más información te contactaremos en el horario hábil siguiente.

 
Fuente: Superintendencia de Salud